
Zehra Doğan, acrílico sobre papel de periódico, 2017, Estambul. Fotografía: Jef Rabillon.
Una entrevista con Enrica Rigo
Por Constanza Cisneros y Marta Malo (La Laboratoria)
Enrica Rigo es docente de Filosofía del derecho en la Universidad de Roma Tre, donde fundó y coordina la Clínica del derecho de la inmigración y la ciudadanía y la Clínica jurídica en torno a la lucha contra la violencia de género. Forma también parte de una cooperativa de vela transfeminista que promueve el activismo contra las fronteras y participa del equipo jurídico de la Global Sumud Flotilla. Su último libro, La straniera. Migrazioni, asilo, sfruttamento in una prospettiva di genere(Carocci, 2022), traducido al inglés por De Gruyter (2022), parte de la deportación forzosa el 17 de septiembre de 2015 de diecinueve mujeres solicitantes de asilo del centro de internamiento de Ponte Galeria, a las puertas de Roma, para analizar la conexión entre autoritarismo fronterizo y reproducción social a partir de la reivindicación innegociable del derecho a migrar. La vitalidad de su argumentación solo puede venir de alguien que, como todas las intelectuales a las que admiramos, combina la investigación y la docencia con un compromiso enérgico con la lucha contra las fronteras, desde el que impulsa una y otra vez iniciativas en alianza con las personas que migran. Su voz no podía faltar en la serie de entrevistas que estamos impulsando desde la Laboratoria sobre la guerra, la restauración patriarcal-colonial y el internacionalismo que necesitamos.
Constanza Cisneros y Marta Malo. Háblanos de las iniciativas en las que estás involucrada. ¿Qué te llevó a promover las clínicas jurídicas y la cooperativa de vela?
Enrica Rigo. Creo que el hilo conductor de estas experiencias es que, en los tres casos, se trata de instituciones «inventadas» —por tomar prestada una expresión de la tradición basagliana de la psiquiatría democrática—, es decir, instituciones que intentan abrir espacios de transformación social e inventar prácticas de justicia. Hoy se habla mucho de abolicionismo y, a la par como investigadora y como activista, considero que la lucha por la libertad de movimiento y contra las fronteras debe ser central. Pero la «democracia abolicionista» —por citar a Du Bois— nunca es solo la negación de algo, sino que también pasa siempre por la construcción de instituciones sociales alternativas, solidarias, de prácticas de lo «común». A través de las clínicas jurídicas hemos intentado ensayar formas de justicia que operen un desplazamiento en el terreno de intervención: de la «resolución» de los asuntos a hacernos cargo de ellos dentro de un paradigma de cuidados. El derecho entendido como «decisión» es un derecho que, cuando decide, re-scinde, amputa: en otras palabras, opera una reducción de las identidades múltiples de las que cada persona es portadora para encajarlas dentro de las categorías jurídicas, como la de migrante legal o ilegal, económico o forzado, víctima o verdugo, y así sucesivamente. Hacerse cargo de los casos significa aprender a «seguir con el problema», lidiar con estos «asuntos cotidianos» (mundane trouble) —como los denomina Donna Haraway— necesarios para la reproducción de la vida y de las relaciones que la sostienen.
CC/MM. Nos parece muy interesante ese cambio de paradigma que planteas. ¿Podrías explicar un poco mejor cómo se concreta en la práctica?
ER. Es una reflexión que he aprendido a hacer sobre todo colaborando con los centros feministas contra la violencia, lugares en los que la lucha contra la violencia de género es, ante todo, una práctica de autodeterminación. Utilizar el derecho penal como herramienta para combatir la violencia, ya sea endureciendo las penas o tipificando nuevos delitos, no tiene ningún sentido; de hecho, contradice el lema «nos queremos vivas» que resuena en las plazas del movimiento «Ni una menos». La violencia contra las mujeres rara vez encuentra «soluciones» en el derecho penal, que «decide» quién es el culpable y encarcela a los autores de la violencia (cuando son condenados). Las mujeres siguen con el problema de la victimización secundaria que sufren durante los juicios, con las consecuencias de la violencia presenciada por sus hijes, con la violencia económica que acompaña a la doméstica, con la dificultad de encontrar caminos hacia la autonomía en una sociedad patriarcal. Lo mismo ocurre con las personas migrantes, y aún más con las mujeres migrantes trans, para quienes la Clínica Jurídica se ha convertido en un punto de referencia en la zona, gracias sobre todo al importante trabajo de Martina Millefiorini.
No existe un derecho que esté «de parte» de las personas que cruzan las fronteras; por eso, aun cuando se consigue un resultado parcial, como puede ser la puesta en libertad de un centro de internamiento o el reconocimiento de un permiso de residencia, hay que seguir forzando el derecho, probando nuevas vías y persistir con acciones en distintos ámbitos para hacerse cargo de la complejidad. No hay ninguna institución, desde el acceso a la justicia hasta el acceso al trabajo, desde el sistema de asilo hasta las estructuras de acogida, desde el sistema sanitario hasta el acceso a la vivienda, que no reciba a las personas migrantes trans como si fueran sujetos incongruentes, no contemplados por el sistema, y que, por lo tanto, suponen una transgresión de sus reglas. Esta es un poco la paradoja a la que nos enfrentamos: la ley no solo hay que aplicarla, sino que hay que transgredirla, forzarla de alguna manera, aunque sea a través del derecho y de los sistemas que este pone a disposición, para poder sostener existencias que le resultan incongruentes.
CC/MM. ¿Qué papel tiene el transfeminismo en vuestra práctica jurídica, dentro y más allá del derecho?
ER. El movimiento transfeminista italiano de «Non Una di Meno» ha sido fundamental para la Clínica Jurídica y para mí personalmente. El año 2016, cuando la marea transfeminista nos inundó, coincidió con el año en que se registró el mayor número de llegadas de mujeres migrantes que cruzaban el Mediterráneo. La alianza fue imprescindible, pero no algo que viniera dado. Para nosotras supuso la necesidad de reflexionar sobre lo que significa oponerse a la violencia estructural del patriarcado que traspasa las fronteras, utilizando el derecho en los procesos, ante los órganos administrativos, etc. Tomamos decisiones de posicionamiento, como la de representar a todas las mujeres, decidiendo junto a ellas la estrategia, independientemente de si elegían o no salir de las situaciones de explotación. Esta es una decisión que, por ejemplo, nos ha diferenciado mucho de las entidades contra la trata, incluso de aquellas que trabajan de acuerdo con prácticas feministas y con las que colaboramos constantemente. La clínica jurídica ha representado a mujeres que, por ejemplo, en las primeras citas llegaban acompañadas de explotadores que las esperaban fuera: esto es (con razón) impensable si trabajas como centro contra la trata. Pero a menudo son precisamente estas mujeres las que quedan excluidas de cualquier acceso a la justicia.
En Italia, la cultura jurídica es blanca y masculina. El acceso a los derechos de las mujeres y de las personas migrantes, no cisgénero y empobrecidas está profundamente marcado por un fuerte paternalismo, por una retórica victimizadora y por la tendencia a «exotizar» la violencia como una cuestión que pertenece a la cultura. Todo esto se refleja mucho en los tribunales, pero también en las facultades de derecho. La clínica jurídica no está a salvo de estas contradicciones: las prácticas nunca lo están. Hasta la retórica humanitaria puede utilizarse a veces como estrategia jurídica; sin embargo, intentamos hacerlo desde una postura que toma partido, incondicionalmente, en contra de la violencia de las fronteras y a favor de la libertad de movimiento.
Hay una corriente que se autodenomina «feminismo» y que está muy presente en el discurso público dominante (que, vale la pena recordar, está dominado por lo masculino), que es prohibicionista con respecto al trabajo sexual y a las formas de crianza no tradicionales, que se arroga el monopolio de definir qué es la opresión patriarcal excluyendo a las mujeres trans, que invoca las penas y la cárcel como solución a la violencia de género y que, tras la retórica de la legalidad, justifica políticas racistas en materia de migración. Incluso sin llegar al femonacionalismo, me parece una actitud muy presente, insidiosa y conservadora. En lo que a mí respecta, el feminismo que merece tal nombre es revolucionario y, por lo tanto, transfeminista.

CC/MM. ¿Cómo lees desde tu implicación en las clínicas jurídicas el nuevo contexto europeo, entre el endurecimiento de las políticas de frontera y la consolidación del régimen de guerra?
ER. Observada a través del prisma del derecho, la frontera constituye, aún cuando funciona mediante inclusión «diferencial» o «selectiva», un dispositivo típico de amputación de identidades, un metacriterio decisorio que impone separaciones en el continuo de la vida, entre un antes y un después, entre un adentro y un afuera, y así sucesivamente. Un paradigma de justicia transformadora no renuncia en absoluto al conflicto, sino que desplaza el énfasis del momento de la decisión sobre el conflicto —es decir, de su «solución»— al de la transformación de las condiciones y las relaciones de fuerza que alimentan el conflicto mismo.
Las modalidades a través de las cuales la doctrina jurídica tradicional concibe la guerra reproducen este mismo paradigma de la decisión sobre el conflicto, ya sea para establecer un antes y un después respecto al «estallido» de las hostilidades o para encontrar una distinción entre ataque y defensa: la definición de «agresión» se reduce así a la búsqueda del momento en que se dispara el primer tiro, entendido como el tiro que determina quién tiene la «culpa», y desvía la mirada de la violencia que se pone en juego. Así fue con la devastadora respuesta al 7 de octubre, que intentó borrar todo lo que había sucedido antes, pero también es así cuando la doctrina MAGA intenta justificar el ataque de Israel y EE. UU. a Irán, llegando incluso a invocar el asalto a la embajada estadounidense en Teherán de 1979. Siguiendo esta línea argumentativa, es también así cómo se han justificado en las últimas décadas las «guerras preventivas», según el proverbio, ya invocado por Schmitt, de que «la defensa puede ser el mejor y más eficaz ataque» [1]. Aunque reconozco la capacidad de análisis de estas categorías, estoy convencida de que debemos librarnos de Schmitt, así como del paradigma de la decisión, aún en clave crítica, para sustituirlo por una posición feminista que, desde siempre, subraya que la violencia no «estalla», nunca es atribuible a una explosión primera e imprevista. La violencia siempre es un continuo, que hunde sus raíces en la opresión y que se organiza a través de aparatos que abarcan, no solo la industria bélica, sino también los complejos carcelarios y represivos que protegen el capitalismo autoritario y coercitivo, no solo los ejércitos, sino también las fronteras y las «economías morales», desde el patriarcado hasta las supuestas identidades nacionales por las que se encargan de velar. Son estos aparatos los que sostienen y hacen posibles los regímenes de guerra.
Gaza nos muestra con precisión este continuo de violencia. Es decir, nos muestra que un genocidio no es un exterminio circunscrito a un espacio y un tiempo determinados, que concluye con la suspensión de las hostilidades, sino un ataque sistemático a las estructuras necesarias para reproducir la vida y sus relaciones, cuyas consecuencias se transmiten a través de las generaciones y cuyos orígenes vienen de lejos. Muchos de los términos que se han hecho de uso común en los últimos dos años —como el de «escolasticidio»— se utilizan en Palestina desde hace décadas, pero, sobre todo, están cargados de un significado «cotidiano» que perdura desde hace más de 70 años de ocupación, y que tiene que ver con la incertidumbre a la hora de cruzar un puesto de control, de acceder a los centros educativos o de volver a casa por la noche.
Creo que cuando hablamos de regímenes de guerra, también debemos hablar de estos significados cotidianos, porque partiendo de este terreno podemos encontrar la manera de combatirlos, de construir alternativas.
CC/MM. Los días 22 y 23 de marzo se celebró en Italia un referéndum sobre una propuesta de reforma de la magistratura presentada por Giorgia Meloni. ¿Qué significado tenía esta propuesta dentro del programa de gobierno de Meloni? ¿Hay diferencias entre el gobierno de Meloni y otros gobiernos de tipo autoritario en Europa? ¿Cómo se lee el triunfo del NO desde los de abajo?
ER. La primera medida del Gobierno de Meloni, apenas dos semanas después de su toma de posesión a finales de octubre de 2022, fue un decreto-ley contra las fiestas rave; la segunda, pocos días después, fue una directiva del Ministro del Interior para impedir que el barco Humanity 1 desembarcara a los refugiados rescatados en el mar. Desde entonces se ha asistido a un continuo aumento de la criminalización: desde la masacre de migrantes en Cutro, Calabria [2], hasta la lucha de Alfredo Cospito contra el régimen penitenciario especial [3], pasando por las protestas callejeras más recientes [4], la respuesta a los conflictos y a las cuestiones sociales ha sido introducir nuevos delitos y endurecer las penas. Aunque es cierto que la retórica securitaria ha sido alimentada tanto por la izquierda como por la derecha, creo que hay que reconocer un cambio de marcha. Las leyes emblemáticas del Gobierno de Meloni, los decretos de seguridad de abril de 2025 y de febrero de 2026, redefinen la seguridad como seguridad de la propiedad, por un lado, y de los aparatos del Estado encargados de protegerla, las fuerzas del orden, por otro. Lo que se ilegaliza es el derecho mismo de cuestionar la ley, desde el delito de revuelta en las cárceles y en los centros de internamiento para migrantes hasta la prisión preventiva por las protestas en las plazas. El intento de reforma de la justicia que, por otra parte, respondía, tal y como la derecha afirmaba explícitamente en su campaña de referéndum, a la voluntad de alinear a la magistratura que juzga con el aparato que acusa, debe leerse en continuidad con este marco. En otras palabras, la ilegalización de la disidencia pasa también por restringir las vías legales de impugnación de la ley.
El resultado del referéndum ha superado con creces las expectativas, sobre todo gracias al voto de las personas más jóvenes, y ésta me parece una señal a la que hay que prestar atención. Estoy convencida de que este voto no ha sido simplemente generacional, sino político y radical. Hay una generación que se ha subjetivado políticamente oponiéndose a un genocidio, y existe un hilo conductor entre la defensa del privilegio de la propiedad en la versión de seguridad de la derecha y el supremacismo racista de Trump, Netanyahu, Rubio y Tony Blair. El complejo empresarial-colonial-penitenciario del Board of Peace es la precipitación paroxística de este hilo conductor.
En cuanto a la ubicación del Gobierno de Meloni entre las derechas autoritarias, solo puedo responder que uno de los principales terrenos de conflicto con la magistratura ha sido la migración y, en particular, el plan de externalización de las fronteras y de deportaciones de migrantes a Albania. Desgraciadamente, este no es un terreno en el que solo se aventuran las derechas autoritarias, sino que refleja hacia dónde se dirige Europa con el Pacto Europeo sobre Migraciones, que entrará en vigor en junio.
Pero la guerra contra las migraciones ya no se cifra solo en la construcción del otro como enemigo. Las revueltas de Minneapolis contra el asesinato de ciudadanos estadounidenses deberían servir de advertencia para recordarnos que la guerra contra las migraciones es, en realidad, una guerra civil. Es decir, que el supremacismo racista y propietario es ya abiertamente una guerra contra nosotros y nosotras, contra cualquiera que se oponga a los regímenes de guerra, al racismo, a las fronteras y al patriarcado.
Son muchos los que han recurrido a la imagen de la guerra civil para describir la América de Trump y su guerra contra las personas migrantes. Yo me limito a citar a una autora que admiro, Raya Dunayevskaya, quien, para confirmar que la lucha de clases y la lucha contra la esclavitud y el supremacismo deben ir de la mano, nos recuerda que Marx escribió El capital con la guerra civil estadounidense como telón de fondo.
CC/MM. Los portuarios de Génova amenazaron con la huelga en septiembre de 2025 en solidaridad con la “Global Sumud Flotilla” y poco después una huelga general sacudió todo el país. ¿Cómo se convoca una acción de esa magnitud, de ese impacto político y social? ¿Cuál es esa potencia contestataria, qué es lo que se fermenta desde abajo? ¿Qué queda de ese impulso?
ER. Las manifestaciones y las huelgas generales de octubre de 2025 fueron muy poderosas. No sé responder a la pregunta de cómo se «organiza» una acción de tal envergadura, porque creo que la clave radica precisamente en la excedencia de las movilizaciones con respecto a cualquier organización. Lo que me parece indiscutible es que la Flotilla ha presentizado (pido disculpas por este verbo poco habitual, pero no encuentro un sinónimo) la posibilidad de actuar contra un poder enorme, hegemónico y terrible a través de una práctica sencilla, directa y comprensible para cualquiera. Fue esta práctica la que desencadenó un imaginario de enorme potencia y, de hecho, en ese momento nos sentimos poderosos.
Soy por supuesto consciente de que también ha habido contradicciones. Hay quienes, por ejemplo, han criticado la Flotilla y el lema de los estibadores «si tocan a uno, lo bloqueamos todo», sosteniendo que las movilizaciones se han activado, una vez más, en nombre del «salvador blanco». No estoy de acuerdo con esta lectura. Los portuarios pusieron en marcha una práctica, el bloqueo de los puertos y de la logística de la guerra, al igual que la práctica de la flotilla traspasó el bloqueo de Gaza. Como ya he dicho, las prácticas siempre tienen contradicciones… pero es en su acción donde se juega su legitimidad, su potencia y la posibilidad de una justicia alternativa. Es esto lo que, en mi opinión, ha llevado a la gente a la calle, no la retórica del salvador blanco: manifestaciones oceánicas, que han vislumbrado esta posibilidad de justicia.
CC/MM. Hace no mucho tradujimos un texto que escribiste junto a Tatiana Montella donde afirmáis: “El derecho no es solo aquel custodiado en los palacios del poder e invocado por los Estados para legitimar sus fronteras o sus guerras. Existe un derecho (encarnado en los cuerpos que resisten, invocado por las personas en movimiento a través de las fronteras, practicado por los barcos de rescate) que no implora reconocimiento, sino que lo practica y lo constituye porque emerge allí donde el derecho de los Estados falla, traiciona, asesina. Este derecho es el que hoy toma forma en el Mediterráneo, transformándolo de un mar de muerte en un mar de resistencia.”
¿Podemos decir que el puerto y el mar son laboratorios donde se ensaya la resistencia?
ER. Efectivamente. Tatiana y yo hemos defendido que el Mediterráneo es un laboratorio donde poner en práctica una visión alternativa del derecho internacional, más allá de los Estados, un derecho que se legitima al proteger la vida frente a su destrucción. También las prácticas de las personas migrantes que cruzan el Mediterráneo son prácticas que, al oponerse a la violencia de las fronteras, hacen presente la posibilidad de un orden de justicia diferente.
Quiero precisar que el nuestro es un punto de vista situado, como activistas y como juristas que asumimos el derecho como un terreno de contestación, más que confiar en la ley como instrumento de emancipación en sí mismo. El estado de necesidad, reconocido a los capitanes criminalizados por ponerse al mando de las embarcaciones que cruzan el Mediterráneo, es el resultado de procesos en los que el derecho se ha puesto en juego como terreno de lucha; lo mismo ocurre con el reconocimiento de la violencia de género como fundamento del derecho de asilo, que ha tenido como protagonistas a las mujeres migrantes, sus luchas, no como víctimas sino como subjetividades políticas. Solo por poner dos ejemplos en los que, a través del activismo de la clínica jurídica, hemos puesto en práctica el derecho como terreno de conflicto.
CC/MM. Al hilo de vuestras reflexiones sobre las luchas en el Mediterráneo como espacio constituyente de otra forma del derecho, podríamos decir que el internacionalismo, como práctica política, abre un espacio constituyente frente a un orden internacional que se descompone. ¿Estarías de acuerdo?
ER. Sí, estoy absolutamente convencida de ello y añado que ese internacionalismo no puede ser sino feminista y descolonial. Pertenezco a esa generación política cuyo punto de referencia fue durante mucho tiempo el movimiento de Génova. Echando la vista atrás, creo que ese movimiento tuvo la limitación de no lograr realmente pensarse más allá de Europa.
Cuando creamos la Clínica Jurídica hace ya 15 años era una forma de introducir el tema de la migración en la universidad y en las facultades de Derecho, no solo como materia de estudio, sino precisamente para que las mujeres y los hombres migrantes entraran en un entorno del que normalmente se les excluye. La ola feminista que nos sacudió a partir del «largo verano de las migraciones» de 2015 entró literalmente en la Clínica Jurídica a través de las decenas de mujeres migrantes que entraron en centro de internamiento de Ponte Galeria, a poca distancia del aeropuerto de Roma-Fiumicino (el único centro de repatriación con una sección para mujeres), y luego, gracias al boca a boca, llegaron al mostrador de acogida de la Clínica Jurídica. Las migraciones nos obligan a replantearnos los espacios de la acción política, y esto nos pone continuamente a prueba.
Ahora, a mi juicio, el movimiento que ha puesto en el centro la «Palestina global» ha cambiado el paso respecto al internacionalismo. El impulso proviene principalmente del «Sur Global» y, por fin, nos hemos dejado llevar. Es así tanto en la acción de Sudáfrica contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia como en la Global Sumud Flotilla. Ambas revierten el punto de vista que, habitualmente, contempla el orden internacional partiendo de un Occidente en descomposición. Creo que este es el rumbo que hay que mantener.
La Clínica Jurídica es un proyecto colectivo. Las reflexiones aquí presentadas, de las que asumo toda la responsabilidad, son fruto del debate constante no solo con Martina Millefioniri y Tatiana Montella, citadas en la entrevista, sino también con Carlo Caprioglio, Jacopo Di Giovanni, Silvia Tripiciano y con muchísimas y muchísimos estudiantes que son una fuente inagotable de energía y entusiasmo por el proyecto.
Notas
[1] Carl Schmitt, El nomos de la tierra. En el Derecho de Gentes del «Jus puhlicum europaeum» (1950), Struhart & Cía, Buenos Aires, 2005, p. 300.
[2] El 26 de febrero de 2023 al amanecer, una embarcación con unas 175 personas a bordo naufragó a pocos metros de las costas de Cutro, en Calabria, provocando la muerte de 95 personas y un número indeterminado de desaparecidos. Matteo Piantedosi, ministro de interior de Meloni trató de culpar de las muertes a los capitanes del barco y a los propios migrantes, pero gracias a la movilización popular y al trabajo de investigación de la fiscalía de Crotone seis militares italianos se enfrentan en la actualidad a cargos de naufragio por negligencia y homicilio culposo múltiple (N. de la E.).
[3] Alfredo Cospito es un militante italiano de la Federación Anarquista Informal condenado en marzo de 2022 por atentado. Lleva más de 10 años preso y, desde octubre de 2022 hasta abril de 2023, llevó a cabo una huelga de hambre de seis meses para protestar contra la aplicación del artículo 41-bis del reglamento penitenciario, el que prevé el régimen carcelario de aislamiento. Su caso es el primero en el que este artículo se aplica a un militante anarquista por un atentado sin víctimas (N. de la E.).
[4] En junio de 2025 obtuvo luz verde definitiva el «Decreto Ley de Seguridad» italiano, que, entre otras cosas, introduce varios nuevos delitos relativos a la protesta: el delito de «revuelta» en prisiones o centros de internamiento, con penas de hasta 5 años de cárcel, el delito de bloqueos u obstaculización de carreteras y ferrocarriles, castigado si se efectúa en grupo con hasta dos años de cárcel y el delito de okupación, punible con hasta 7 años. La nueva ley también introduce algunas nuevas medidas de protección para las fuerzas del orden y refuerza la protección penal de los agentes de policía, con penas más severas por lesiones, resistencia y violencia contra un funcionario público (N. de la E.).
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Traducción y edición con el apoyo de RLS -Madrid